Materialidad de operaciones…concepto “reforzado” Enrique Pérez Zapata

Materialidad de operaciones…concepto “reforzado” Enrique Pérez Zapata

 
Recientemente, los tribunales resolvieron de manera consistente, lo que toda empresa debe aportar para acreditar "materialidad” de operaciones para desvirtuar presunción  de la autoridad respecto  de la inexistencia de la efectiva realización de operaciones amparadas en comprobantes fiscales.

En este sentido, la autoridad fiscal deberá valorar otros conceptos más allá de la "simple” existencia de un contrato, la contabilidad de manera aislada y el propio comprobante fiscal, los cuales se presentan a continuación a manera de preguntas, cuyas respuestas deberán estar fundamentadas en pruebas documentadas.

¿Quien debe probar este concepto? En principio, quienes emiten los comprobantes fiscales digitales, pero en un procedimiento de verificación de las empresas denominadas comúnmente EFOS, es decir, empresas que facturan operaciones simuladas, la consecuencia perjudicial será igualmente para el receptor de dichos comprobantes fiscales, por lo tanto, la responsabilidad será para emisores así como receptores de los mencionados comprobantes.

Sin que sea una receta de cocina pero sí una guía, a continuación se detalla un listado de aspectos a considerar, para documentar y eventualmente demostrar ante la autoridad, el multicitado concepto de materialidad.

¿Quién? Es decir, con qué personal ya sea propio, vía subcontratación o alianza estratégica se llevó a cabo la prestación del servicio o la enajenación de los bienes.

  • ¿Qué? Es decir, cuáles fueron los entregables; en el caso de productos las especificaciones de los mismos detallados en reportes de entrada al inventario o almacén; para el caso de servicios, fotos, informes, bitácoras, etc. sobre los trabajos realizados.
  • ¿Cuándo? Fechas en correos, minutas, contratos.
  • ¿Dónde? Ubicación, instalaciones, sitios de entrega.
  • ¿Con qué? Infraestructura tal como maquinaria, equipo de oficina, T.I.
  • ¿Cómo? Proceso, rutas, logística.
  • ¿Cuánto? Volúmenes, cantidades.
  • ¿A quién? Acuses de entrega /recepción, evidencia del cliente/ proveedor.
  • ¿Cuál es el beneficio? Cuantificación de los beneficios financieros más allá del beneficio fiscal.
  • Alineación del domicilio fiscal. Constitutiva, Google maps, página web, conceptos de facturación, opinión de cumplimiento, CSF.

Si podemos resumir lo anterior en pocas palabras, debemos documentar la "trazabilidad de operaciones”, por lo tanto, las empresas deben iniciar un proceso de transformación en el cual se logre el cambio de una gestión empresarial informal a una organizada teniendo como base las siguientes herramientas: 

Estados financieros periódicos y sus notas explicativas con reportes financieros, administrativos y operativos en la cual se refleje de manera integral el modelo de negocio.

Control interno con una sección destinada a mostrar políticas y procedimientos de los diferentes ciclos de la empresa: facturación, inventarios, pagos, etc.

Sistema de información administrativo integral adecuado al tamaño y modelo de negocio de la organización que permita mostrar trazabilidad de transacciones.

Revisión de cláusulas en contratos orientadas a dar respuesta a algunas de las preguntas enlistadas anteriormente ejemplo: ¿Quién?, ¿Cuándo?, ¿Dónde?,  ¿Cuánto?

Presupuestos y su seguimiento a las premisas iniciales en un comparativo con la realidad para obtener la explicación de las variaciones más importantes.

Conclusiones.

Si bien es cierto este concepto de materialidad surge con motivo del combate frontal a empresas factureras desde el 2014, a partir del 2026 con la reforma de comprobantes falsos  y ahora con estas tesis de recién publicación, se refuerza lo que debe entenderse por materialidad de operaciones, tanto los emisores (clientes) como los receptores (proveedores) de una factura; es decir, deberán de cumplir con la obligación de documentar cada transacción -técnicamente comprobante por comprobante - debido a que se tendrán consecuencias económicas y posiblemente penales para ambas entidades con un menoscabo importante en el patrimonio empresarial.

Enrique Pérez Zapata

Es Contador Público egresado de la UADY con Maestría y Doctorado en el área Fiscal con más de 20 años de experiencia. Participa en diversos colegios y asociaciones especializadas. También ha colaborado con diversas firmas de Consultoría en áreas de contabilidad, auditoría e impuestos. De igual manera es docente en prestigiosas Universidades a nivel maestría.

Actualmente es Socio Director en el área Fiscal y Patrimonial de Cervantes Pérez Consultores patrimoniales y Auditores y Lidera el proyecto KALIBBER Consultora Multidisciplinaria especializada en emprendedores, acelerador de competitividad y transformación corporativa.


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