Cambios en la Modalidad 40. Wilson Valle Martín

Cambios en la Modalidad 40. Wilson Valle Martín

 
Se ha dado a conocer los nuevos lineamientos que regirán la Continuación Voluntaria en el Régimen Obligatorio (Modalidad 40) del IMSS a partir del día 22 de octubre del presente año, hay cuatro modificaciones relevantes que se presentan en este acuerdo dictado por el H. Consejo Consultivo de dicho Instituto, las cuáles consisten en:

A partir de ésta fecha las inscripciones a modalidad 40, como comúnmente se le conoce, ya no se realizarán de manera presencial en las subdelegaciones del Instituto, ahora se llevarán a cabo de manera electrónica, lo que permitirá que dicho trámite se lleve a cabo de una manera más rápida y práctica, reduciendo de manera significativa los tiempos que se destinaban para acudir a las instalaciones del instituto para solicitarla.

La inscripción ya no se podrán realizar de manera retroactiva, es decir, quien desee contratarla tendrá que ser a partir de la fecha de la solicitud, lo que impedirá que todos aquellos trabajadores que tenían algunos años sin estar vigentes en el régimen obligatorio y estaban en la posibilidad de realizar el pago de manera retroactiva para recuperar todas esas semanas de cotización ya no lo podrán hacer.

Las personas que se encuentran cotizando bajo la modalidad 10 (trabajador independiente) ya no tendrán la opción de posteriormente inscribirse a modalidad 40, mismo caso que para aquellos que se encuentran cotizando bajo el régimen de trabajadores del hogar, esto representa un golpe significativo sobre todo para aquellos trabajadores que llevan algún tiempo sin estar afiliados al seguro social y que mediante esta opción la estaban utilizando para reactivar sus derechos y posteriormente buscar la inscripción a modalidad 40.

Y como último punto pero no menos importante el nuevo tope de cotización, ya que ahora si te encontrabas cotizando con un S.B.C. de $500.00 diarios le tendrás que agregar el valor de la UMA, lo que para este año representa un valor de $117.31, es decir, lo máximo con lo que podrías cotizar sería un S.B.C. de $617.31, evitando de esta manera se pueda inscribir con una cantidad muy superior a lo que se venía percibiendo en su último empleo.

Es importante señalar que estas nuevas reglas no afectan aquellas personas que ya se encontraban cotizando en modalidad 40 con anterioridad a la publicación del acuerdo, quienes se verán afectados son todos aquellos que ya venían realizando una planeación para contratarla, ya sea de manera inmediata a su última relación laboral mediante un S.B.C. muy superior al que traían, con el objetivo de incrementar el monto de pensión a recibir, o bien, para aquellos que al día de hoy se encuentran cotizando mediante las figuras de trabajador independiente o trabajadores del hogar, ya que no será posible llevar a cabo la contratación.

Si bien el acuerdo menciona que estos ajustes sólo estarán vigentes por un periodo de 6 meses en lo que el Instituto lleva a cabo sus estudios, la verdad de las cosas es que para nadie es un secreto que cada día al gobierno le cuesta más trabajo pagar pensiones, esto debido a que la carga a las finanzas públicas cada vez se encuentra más comprometida.


Wilson Valle Martín

Wilson Arcángel Valle Martín, Contador Público por la Universidad Autónoma de Yucatán, Licenciatura en Derecho por Universidad Utegra, Maestría en Administración Financiera por Universidad Tecmilenio, Maestría en Seguridad Social en Universidad Utegra, Maestría en Derecho Laboral por el Instituto de Posgrado en Derecho. +10 años dedicado al sector de seguridad social. Especialista en pensiones.

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