Régimen de Confianza. Inicia este 2022. ¡Espéralo!

Régimen de Confianza. Inicia este 2022. ¡Espéralo!

 
El Régimen de Incorporación Fiscal RIF nació con la reforma fiscal de 2014 reemplazando al anterior Régimen de Pequeños Contribuyentes REPECO, este régimen fue lanzado con el objetivo de incrementar la formalidad. Era una alternativa cuando iniciamos un negocio y se prevé que se tendrán ingresos bajos durante los primeros años.

Podían inscribirse aquellas personas físicas que realicen una actividad comercial o presten algún servicio por los que no requieran título profesional, siempre que sus ingresos anuales no excedan los dos millones de pesos.

Cuando ya nos estábamos acostumbrando al RIF en pleno 2021 aparece en escena el  "Régimen Simplificado de Confianza” para personas físicas.

"El Régimen de Confianza no solo es un nuevo intento de atraer a la formalidad a pequeños contribuyentes; pues en primer lugar el monto máximo de ingresos para acceder a él sube a 3.5 millones de pesos anuales y en segundo lugar incluye a profesionistas, médicos, ingenieras, diseñadores, periodistas, etc.; los cuales nunca, que yo recuerde, hemos tenido una tasa mínima y menos facturando 3.5 mdp anuales para cualquier profesional medio resulta un ingreso sin duda significativo”. Menciona Diana Bernal Ladrón de Guevara, ex titular y fundadora de la 
Procuraduría de la Defensa del Contribuyente.

Por su parte Ernesto Sanciprián de IDC reporta:

"Se debe resaltar que en la exposición de motivos de la propuesta se precisa que en los regímenes actuales la determinación y el pago del ISR de las personas físicas requiere cumplir con la presentación de declaraciones informativas, de retenciones, de operaciones con proveedores, provisionales y la declaración anual, así como llevar y conservar contabilidad, lo que implica para algunos contribuyentes la necesidad de contratar los servicios de terceros (contadores, gestores) para apoyarlos en el cumplimiento de sus obligaciones, por lo que el Régimen Simplificado de Confianza planteado prevé una máxima simplificación a efectos de que el cálculo y entero del impuesto sea accesible a los contribuyentes sin necesidad del apoyo de terceros, utilizando como principal eje el CFDI, con lo que se logra la automatización de tal cálculo y se disminuye la carga administrativa”.

En Líder Ejecutivo MX buscamos al DCF Enrique Pérez Zapata, Socio Director del Despacho Cervantes Pérez, Consultores Patrimoniales y Auditores para conocer su perspectiva de este nuevo "Régimen de Confianza” y nos compartió 4 ALERTAS:
  1. La tasa del ISR es sobre ingresos netos, es decir, no toma en cuenta deducciones, por tanto, hay que determinar la utilidad financiera real del negocio y comparar dicho impuesto con la utilidad para conocer la carga fiscal anual, y saber si conviene o no, optar por este régimen
  2. En el caso de emprendedores, por los general, los primeros años no se tienen utilidades, por lo tanto, no conviene optar por este régimen el cual no considera esta situación
  3. Se tienen que hacer proyecciones financieras, pues hay momentos en las cuales hay contracciones de mercado, o redireccionamiento del negocio, en las cuales, no se tendrán utilidades
  4. Si bien desaparece el RIF, pero los que ya se encuentren en dicho régimen, podrán seguir tributando en él, por lo que hay que evaluar desde el punto de vista financiero, la conveniencia de cambiar al nuevo régimen, dependiendo de la carga fiscal financiera real.
En próximos artículos seguiremos compartiendo información relevante en relación a este nuevo Régimen Fiscal y toda la reforma que iniciará a partir del próximo año fiscal 2022 que seguramente es de interés para empresarios, emprendedores y la comunidad.


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